martes, 5 de octubre de 2010

José Arturo Quarracino, participó en la Conferencia "Derecho a la Vida"

Ofensiva abortista en Argentina: Poder Legislativo y Poder Judicial al servicio de la “anticultura de la muerte”

En estos días una de los magistrados de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y varios legisladores del Congreso Nacional en Argentina se han expresado a favor de la despenalización y legalización del aborto. En todos los casos pretenden re-presentar posturas “progresistas”, pero como siempre, repiten los argumentos inventados por John Davison Rockefeller III y difundidos permanentemente y hasta el hartazgo por plutocracia angloamericana, vulnerando disposiciones legales, constitucionales e internacionales que impiden la aplicación de la pena de muerte en países donde no está implantada.

1. A fines del mes de agosto, un miembro del máximo tribunal de justicia en Argentina –la abogada Carmen Argibay Molina- hizo declaraciones públicas en las que explicitó su criterio que “el aborto es un derecho”. Esta magistrada está rodeada de una aureola de “progresismo”, pero con este tipo de afirmaciones no sólo muestra el carácter irracional y bárbaro de su propuesta –matar al hijo es un derecho-, sino también su absoluta dependencia ideo-lógica con el pensamiento ultra-reaccionario de quienes detentan el poder económico y político a nivel mundial, que desde hace más de cuatro décadas impulsan el control de la natalidad, para poder saquear “en paz” las riquezas y recursos que por esencia pertenecen a los pueblos, razón por la cual han instituido el criterio genocida de impedir el nacimiento de la mayor cantidad posible de niños.
Tres elementos demuestran que “el aborto como derecho” es esencialmente un criterio bárbaro, pre-cavernícola e irracional. En primer lugar, esta magistrada –al igual que sus colegas “progres”- no explica por qué es un derecho matar al propio hijo, simplemente lo postula como verdad dogmática incuestionable. En segundo lugar, al obrar de esta manera, esta “experta en Derecho penal” se sitúa por encima de la Constitución Nacional y de la Convención Americana de Derechos Humanos sancionada en 1969 (y que en la Argentina tiene rango constitucional), que afirma el carácter de persona que tiene todo bebé gestado y presente en el vientre materno, que además prohíbe la implantación de la pena de muerte en los países que no la tengan instituida (como ocurre en la Argentina) y su aplicación sobre los menores de 18 años de edad y sobre las mujeres embarazadas1. En tercer lugar, la magistrada “argentina” manifiesta una coincidencia total y absoluta con el criterio infantofóbico de la oligarquía financiera angloamericana, y en una especie de “imperialismo jurídico” pretende imponer como criterio legal y judicial la ideología antinatalista y proabortista engendrada en ámbitos ultraconservadores y anglófilos. Ella sostiene que el aborto es un derecho, y esto le parece un avance y un progreso, pero este criterio ha sido instituido, oficializado y convertido en razón de Estado por John Davison Rockefeller III, ya a comienzos de la década de 1970, cuando dictaminó que «sólo deben ser traídos al mundo los hijos deseados»2. En este sentido, la jueza argentina pretende adaptar la legislación y la normativa constitucional argentina al criterio-modelo angloamericano, diseñado por uno de los representantes más emblemáticos de la ultraminoritaria oligarquía plutocrática que se ha adueñado del mundo como si fuera de su propiedad exclusiva.
Sobre este “criterio-decreto”, John Davison Rockefeller III dictaminó hace casi 40 años que el aborto es un tema o cuestión que está reservado exclusivamente a la decisión de la mujer, porque el aborto “es el derecho de una mujer para determinar su propia fertilidad”, razón por la cual “el tema del aborto debe ser dejado a la conciencia individual involucrada, en consulta con su médico”3. Para el gran plutócrata de Ohio y sus secuaces, las mujeres “tienen derecho” de matar a sus hijos, si no los quieren o desean, y los médicos están para ayudarlas a cumplir con ese deseo. Lo mismo opina la magistrada argentina.
Es más que evidente entonces que entre la jueza “suprema” y la oligarquía financiera internacional hay coincidencia absoluta. En última instancia, el progresismo social-demócrata le da estatus legal y pseudo-constitucional a la ideología antinatalista del capital financiero internacional. Lo que se pretende presentar como un avance y un progreso social y cultural no es otra cosa que la imposición imperialista de los criterios infatofóbicos y genocidas del imperialismo internacional del dinero.

2. Pero también a nivel legislativo se está implementando una iniciativa que busca la despenalización total del aborto, a través de un proyecto de ley presentado en la Cámara de Diputados de la Nación por un conjunto de legisladores, identificado como 0998-D-2010.
Este proyecto pretende la despenalización total del aborto hasta la 12ª semana de gestación. Constituye la de-mostración más clara y concreta de la subordinación absoluta del progresismo abortista a la ideología del clan Rockefeller, en cuanto sostiene que el aborto es un derecho, que permite a las mujeres decidir sobre su propio cuerpo y sobre su fertilidad: “[…] el derecho a decidir sobre el propio cuerpo es un derecho personalísimo ya que éste es el primer territorio de ciudadanía de todo ser humano”: “[…]Es reconocer a las mujeres como sujetos sociales, como ciudadanas y agentes morales capaces de decidir si desean o no ser madres, el número de hijos y el espacio entre los nacimientos”.
Como se puede apreciar, este proyecto pretendidamente progresista no es otra cosa que doctrina pura de John Davison Rockefeller III, no sólo porque considera al aborto un derecho, sino porque además lo toma en forma falaz como un derecho humano básico: “Creemos […] que la oportunidad para decidir el número y el espaciamiento de los hijos es un derecho humano básico”4. Es decir, los legisladores argentinos introducen como dogma jurídico la ideología de los amos y dueños del gran capital financiero y de las más importantes multinacionales del planeta. En este sentido, la despenalización del aborto constituye la subordinación plena y total del andamiaje jurídico y constitucional argentino a la ideología antinatalista del clan Rockefeller.
En síntesis: los proyectos de despenalización del aborto no sólo conceden estatus legal y democrático a la ideología plutocrática del capitalismo, sino que además violan las disposiciones constitucionales vigentes en Argentina e implantan la pena de muerte, no contra criminales sino contra los seres humanos más inocentes e indefensos de todos.

3. A su vez, en el Senado de la Nación también se pretende aprobar la despenalización del aborto para todos los casos de violación. El esquema jurídico propuesto condena a muerte al bebé nonato, pero en absoluto se toma en cuenta al criminal violador, a éste se le respeta la vida, tampoco se le agrava la pena.
En realidad, esta propuesta no sólo repite un modelo impulsado por empleados de la familia Rockefeller, en 1970, con claros criterios eugenésicos, a través de un borrador-esbozo de reforma del Código Penal neoyorkino, elaborado por el American Law Institute, presidido en ese entonces por Harrison Tweed, del riñón de la familia de Ohio: “Un médico diplomado está autorizado a poner fin a un embarazo si […] el niño puede llegar a nacer con un grave defecto físico o mental o si el embarazo es resultado de una violación, de un incesto o de otra relación que constituye una felonía”5.
Grave es que este proyecto senatorial represente un sometimiento político a la ideología del más crudo y cruel capitalismo. Pero tan grave como esto es que este esquema propuesto, por un lado crea un marco jurídico que deja con vida a un criminal y sentencia a muerte a un inocente, y por otro lado reproduce la lógica de la violencia del más fuerte sobre el más débil: el criminal viola a la mujer, la mujer mata a su hijo. Si esto es progresismo… en todo caso es progresismo a la Rockefeller.
A modo de síntesis, podemos afirmar que estas iniciativas favorables en todo o en parte a la despenalización del aborto no sólo son en esencia un ejercicio de cipayismo político y cultural, al someter el andamiaje jurídico del país a la ideología antinatalista de la familia Rockefeller y sus secuaces, sino que además constituyen una franca violación de la Constitución Nacional y los Tratados Internacionales que protegen la vida humana desde el momento mismo de la concepción y que impiden en forma absoluta la implantación de la pena de muerte en la República Argentina, menos que menos contra los inocentes e indefensos, mal que le pese a “los amos del universo”, con la familia Rockefeller a la cabeza.

Referencias:

1 Convención Americana Sobre Derechos Humanos (Pacto de San José), Costa Rica 1969, Parte Primera, Capítulo I, Artículo 1 § 2: «Para los efectos de esta convención, persona es todo ser humano»; Capítulo II, Articulo 3: «Toda persona tiene derecho al reconocimiento de su personalidad jurídica»; Artículo 4 §§ 1, 3 y 5: «Toda persona tiene derecho a que se respete su vi-da. Este derecho estará protegido por la ley y, en general, a partir del momento de la concepción. Nadie puede ser privado de la vida arbitrariamente», «No se restablecerá la pena de muerte en los Estados que la han abolido» y «No se impondrá la pena de muerte a personas que, en el momento de la comisión del delito, tuvieren menos de dieciocho años de edad o más de setenta, ni se le aplicará a las mujeres en estado de gravidez» respectivamente.
2 Rockefeller Commission Report, Population and the American Future, New York 1972, Chapter 11. Es decir, la “progresis-ta” Carmen Argibay Molina y los Rockefeller un solo y único corazón.
3 John Davison Rockefeller III, The Second American Revolution. Some Personal Observations, New York 1973, Harper & Row Publishers, Part Two, VIII, p. 64.
4 Statement on Population from World Leaders (1966), en http://www.popcouncil.org/mediacenter/popstatement.html
5 American Law Institute, Model Penal Code, Section 203.3: Abortion, en http://hometown.aol.com/abtrbng/mpca.htm

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